Resumen
El efecto de la suspensión del contrato de trabajo en la prima legal de servicios a la que tiene derecho todo trabajador en Colombia ha sido tema de innumerables discusiones y objeto de múltiples interpretaciones. Lo anterior, debido a que la legislación laboral, sea por omisión o de forma intencionada, no menciona qué sucede con la prima de servicios durante la suspensión del contrato de trabajo, hecho que sí se tuvo en cuenta sobre las demás prestaciones sociales. Así las cosas, y ante la falencia legal, el sector empresarial colombiano ha quedado en la incertidumbre al enfrentarse a esta situación. Este hecho lleva a la aplicación equivocada de las normas y afecta directamente los derechos de los trabajadores.
Exponemos un estudio actualizado, tomando como base metodológica la heurística y la hermenéutica jurídica, mediante un trabajo de recopilación y análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, los pronunciamientos de los órganos públicos de control, la doctrina y la práctica sobre el tema en mención, que nos permitirá —con los fundamentos de derecho adecuados— tomar una postura de acuerdo con la ley colombiana sobre el problema jurídico a resolver, que consiste en determinar la afectación de la prima legal de servicios cuando se ha suspendido el contrato de trabajo.
Dentro del presente escrito, el lector encontrará los argumentos necesarios para determinar la ausencia
de cualquier incidencia de la suspensión del contrato de trabajo en la prima legal de servicios, atendiendo a la taxatividad legal y a la naturaleza de esta prestación social, en defensa de los derechos de la fuerza laboral colombiana.
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