Resumen
La expedición de la Constitución de 1991, produjo cambios sustanciales en conceptos como la teoría del Estado. Colombia pasó de ser un Estado de Derecho a un Estado Social de Derecho, que trajo consigo el establecimiento de una Constitución de carácter social, en la cual el ser humano como pilar fundamental del Estado entra a ser centro y finalidad de la acción estatal. Es así, como en virtud de ello se consagran una serie de cánones y valores constitucionales, derechos fundamentales, colectivos y del ambiente, derechos de los trabajadores, de los niños, etc. Como puede verse, la Constitución de 1991 introdujo modificaciones significativas de tipo social al reconocer que el hombre prima por encima de las leyes y el derecho sustancial sobre los procedimientos. Una vez superadas las tesis originarias según las cuales el Estado no debía responder por los daños que causaba en la prestación de servicio o en el desarrollo de su actividad, la jurisprudencia colombiana fue adentrándose de manera positiva en las diversas teorías que surgieron en la doctrina francesa.
Teorías bajo las cuales el Estado también entraba a ser sujeto de responsabilidad por los perjuicios que ocasionaba en el desarrollo de su actuar público; y es así como la Constitución de 1991, consagró en el artículo 90 el régimen de la responsabilidad extracontractual del Estado. Inicialmente se habló del daño antijurídico, concepto genérico y ambiguo, definición que hizo pensar que todo acto del Estado en el cual se causara un perjuicio se consideraba un daño antijurídico y en consecuencia, el Estado estaría obligado a responder patrimonialmente por todo daño que ocasionara. Concepción que a la postre necesitó ser revaluada.
Finalmente, este artículo presenta cada una de las tesis actualmente imperantes en Colombia sobre la llamada responsabilidad extracontractual del Estado, que tiene sustento constitucional en el artículo 90. Además, señala como la responsabilidad del Estado no es exclusivamente objetiva pese a la aparición del concepto de daño antijurídico, sino que se mantienen las teorías existentes antes de la Constitución Política de 1991, bajo el esquema del título jurídico de la imputación.
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