Resumen
La obtención de las muestras biológicas para su posterior análisis sigue siendo la principal fuente de problemas de la prueba de ADN. En España, la reforma llevada a cabo en el año 2015 introdujo la posibilidad de la obtención coactiva de la muestra, previa la oportuna autorización judicial, lo que añade una nueva dimensión a la problemática que es preciso analizar viendo cómo se está llevando a cabo en nuestros tribunales. Se trata de comprender el fundamento de esta decisión legislativa y su adecuación al orden constitucional y al respeto de los derechos fundamentales, así como examinar los problemas que pueden derivarse de su aplicación: en qué supuestos es aplicable; bajo qué condiciones; cómo tiene que ser la resolución judicial habilitante; qué debemos entender por “medidas coactivas mínimas indispensables, proporcionadas a las circunstancias del caso y respetuosas con su dignidad”; cómo debe llevarse a cabo, en definitiva, una diligencia tan problemática como es la ejecución coactiva del análisis del ADN.
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