Límites al ejercicio de las funciones públicas en materia contractual
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Palavras-chave

Límites
funcionarios
contratación
Estado
daño
responsabilidad

Como Citar

Límites al ejercicio de las funciones públicas en materia contractual. (2015). Revista Vía Iuris, 16. https://revistas.libertadores.edu.co/index.php/ViaIuris/article/view/438

Resumo

El artículo busca establecer si existe limite bien sea legal o de otro tipo que regule las actuaciones y responsabilidad de los funcionarios públicos en Colombia, como también determinar su responsabilidad por omisión, extralimitación en el ejercicio de sus funciones o “malas prácticas entendidas como acciones incorrectas que pasan por alto el principio de buena fe y el bien común, haciendo su ejercicio proclive a la corrupción, especialmente en el campo específico de la contratación en materia administrativa. La legislación colombiana vigente contempla que los que los funcionarios del Estado deben responder por los perjuicios que causen en el ejercicio de sus funciones en razón del cargo que desempeñan - artículo 51 de la Ley 80 de 1993, en el mismo sentido, la doctrina desarrolla algunos límites de carácter personal, fiscal, pecuniario y político, no obstante, estas previsiones se omiten de forma tal que varios funcionarios públicos actúan de manera contraria a la ley, siendo pocos los casos se investigan y sancionan.

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Referências

Código Contencioso Administrativo, [C.C.A]. Decreto 01 de 1984. Artículos. 2 de enero de 1984 (Colombia).

Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. 28 de octubre de 1993. D.O. 41.094.

Ley 1150 de 2007. Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la contratación. 16 de enero de 2007. D.O. 46691.

Código Penal Colombiano, [C.P.]. Ley 599 de 2000. Julio 24 de 2000 (Colombia).

Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Tercera -Subsección “C”- Radicación numero: 25000-23-26-000-2000-01876-01 (25.597). Consejera Ponente: Olga Mélida Valle de la Hoz respecto a la acción de repetición. Bogotá D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil once (2011).

Constitución Política de Colombia de 1991, [C.P.]. 4 de julio de 1991 (Colombia).

Decreto 222, 1983. Por el cual se expiden normas sobre contratos de la Nación y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones. 2 de febrero de 1983. D.O. año CXIX. N. 36189. 9.

Laubaderé, A. (1947). Manuel de Droit Adminidratif. Librairie générale de droit et de jurisprudence: París.

Ley 1437, 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 18 de enero de 2011. D.O. No. 47.956.

Ley 599, 2000, Por la cual se expide el Código Penal Colombiano.

Meléndez, J. I. (2009). La responsabilidad contractual en el Derecho Público de los contratos estatales. Tomo I. Bogotá: Ediciones doctrina y Ley Ltda.

Palacio, J. Á., (2010). La Contratación de las Entidades Estatales. Bogotá: Librería Jurídica Sánchez R. Ltda.

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